PROCEDIMIENTO DE RECLAMOS
El cliente inicia el reclamo hasta con 2 meses de la fecha de vencimiento del recibo.
Se formaliza y se registra el reclamo adjuntando notificacion de inspeccion con 2 dias habiles.
Inspector emite acta inspecion interna y externa, al no existir fugas puede solicitar prueba de afericion del medidor.
Se recepciona los documentos, y se notifica al cliente para reunion conciliacion dentro de 10 dias habiles.
Se emite acta de conciliacion o acuerdos y poner fin al reclamo, si persiste emitir resolucion 1ra instancia dentro 30 dias habiles iniciado el reclamo.
Se remite resolucion al cliente dentro 10 dias habiles de emitida la resolucion,si la EPS no responde da origen, al silencio administrativo positivo.
Si la resolucion le es desfavorable al cliente tiene 15 dias habiles posteriores para recurso de reconsideracion adjuntando nuevas pruebas.
Recepcionado el recurso de reconsideracion la EPS se encargara de resolver a traves de resolucion en un plazo de 15 dias habiles.
Se remite resolucion al cliente dentro de 5 dias habiles luego de la emision, si la EPS no responde se da origen al silencio administrativo positivo.
Si la resolucion le es desfavorable al cliente podra presentar recurso de apelacion basandose a una apreciacion diferente a la prueba presentadas.
La EPS tiene un plazo de 5 dias habiles de presentado el recursos para enviar el expediente al TRASS.
El TRAS responde con resolucion de 2da. y ultima instancia dentro de 30 dias habiles mas 5 dias habiles para notificar dando fin al reclamo.